Viernes 17 - Resumen de Actividad

16:30 Celia GEMIGNANI DE ROMANI (Buenos Aires) :
Compromiso con la Patria terrena y la Patria celestial

17:00 Guillermo CAMBIASSO (San Rafel) :
Fundamentos de un orden constitucional

17:30 Alejandro E. BENTIVEGNA SAÉNZ (Viedma) :
“Personalis respublica”

Pausa-Café

18:30 Sandra BRANDI DE PORTORRICO (Buenos Aires) :
Patria y Bien Común, en la visión de un “tomista anglicano”

19:00 Hugo A. VERDERA (Buenos Aires) :
El concepto de Patria en la visión del Angélico

Santa Misa


COMPROMISO CON LA PATRIA TERRENA Y LA PATRIA CELESTIAL

ENTRE LAS BIENAVENTURANZAS, LA MANSEDUMBRE. Unión del compromiso con la patria terrena y el compromiso con la patria celestial En el Tratado de las Bienaventuranzas, Sto. Tomás de Aquino habla de dos reglas únicas para la razón humana: la razón y la ley eterna, perteneciendo las bienaventuranzas a la rectitud de la voluntad humana, en el mismo orden que las virtudes y los dones. Construir la patria argentina supone una actitud ética fundada en la razón y la ley de Dios, como ciudadanos de la Patria de Cristo, obedeciendo a la naturaleza y fin del hombre, inscripta en la defensa de los valores, el bien y la perfección de Dios.
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Celia Gemignani de Romani

Es Doctora en Filosofia, Lic. En Ciencias de la Educación, Doctora en Relaciones Internacionales y miembro de la Sociedad Tomista Argentina. Es Profesora Titular de la Universidad del Salvador, en el Profesorado Universitario. Ha escrito sobre Filosofía, Educación, Educación Intercultural.
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FUNDAMENTOS DE UN ORDEN CONSTITUCIONAL

La ley humana positiva se debe fundar en la ley natural, válida para todos los hombres. Esta ley natural en la tradición judeo-cristiana se ha expresado en los diez mandamientos de la Torah. Por eso la Ley Constitucional de una Nación de alguna manera debe reflejar esta ley natural y así relativizando todo aquello que no es Dios, defienda eficazmente el bien de cada persona humana y el bien de la sociedad. Por esto proponemos un modelo de los primeros artículo que tendría que tener una Ley Constitucional siguiendo al Angélico Doctor.
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Guillermo Cambiasso

Presbítero por la Arquidiócesis de Buenos Aires. Doctor en Teología (Facoltà di Teologia di Lugano. Suiza). Doctor en Filosofía. (Angelicum. Italia). Profesor de enseñanza media y superior en Física y Matemáticas. (UCA. Argentina).
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“PERSONALIS RESPUBLICA”

Según sea la concepción que el hombre tenga de sí, será por consecuencia la idea que forje a la postre -con sus conciudadanos que piensen como él- del todo social práctico que integre como parte sustancial y libre. De tal modo, de concebirse como ser personal sociable, habrá de pensar y con su labor en definitiva plasmar progresivamente un estado que, garantizando su dignidad, favorezca su desarrollo perfectivo con expectativa de plenitud personal. En cambio, de considerarse tan sólo como individuo gregario de una mera especie animal -aunque dominante por técnica-, sólo proyectará un modo político sin fines comunitarios personales auténticos, sino sólo generales y gregarios -cuando no, sectarios y mezquinos- con razones de estado por encima de razones personales y del bien común; donde las metas políticas justifiquen los medios, pese a que no respeten la dignidad humana, por hallarse encerradas en ideologías asfixiantes. Por ello, teniendo presente una adecuada perspectiva antropológica, cabe precaver con acierto las implicancias del hacer y obrar personales, de cómo resultan o no eficaces para el perfeccionamiento general, considerando lo social no como todo gregario, sino cual comunidad de personas con auténtico obrar político, comprometido con y ante el bien, inseparable del libre albedrío de cada integrante, tanto más de quienes poseen la autoridad y constituyen principalmente por eso la causa eficiente del todo político republicano. Y así se ha de operar la justicia según el verídico derecho de cada uno en orden a la paz, bien común de esta idiosincrasia, que no puede resultar sin más “atea”, porque no sólo contrariaría de tal suerte la connatural religiosidad del hombre, sino que, desde el punto de vista del damnificado, se volvería en definitiva contra él mismo, más que contra Dios, Fuente de toda Razón y Justicia, a Quien nadie ni nada puede menoscabar. Desde esta perspectiva, pues, no cabría olvidar que aquél que oye la Palabra y no la practica –cf. Epístola de Santiago, 1, 22-25-, se parece al hombre que se mira en el espejo y, yéndose, enseguida se olvida de cómo es; esto es, olvida la semejanza (praxis) de su imagen (esencia), y la descuida; lo cual puede también ocurrirle a una república, cuando olvida su idiosincrasia y comienza a diluirse en una praxis inconsecuente consigo misma, negando la concepción patria y la legítima aspiración buscada por sus prohombres fundadores en pos de su máxima plenitud y trascendencia histórica.
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Alejandro E. Bentivegna Saénz

Es ex alumno salesiano (Ntra. Sra. de la Guardia, Bernal); Abogado (U.M.S.A.); Licenciado en Filosofía (U.C.A.); Doctorando en Ciencias Jurídicas (U.C.A.); Relator STJ RN. Publicaciones: Mediante búsqueda por apellido en: Revista Científica;
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Sitio de Referencia : http://www.eft.org.ar

 


PATRIA Y BIEN COMÚN, EN LA VISIÓN DE UN “TOMISTA ANGLICANO”

Se presenta el pensamiento de Richard Hooker sobre el amor a la Patria y al Bien Común de ésta. A esos fines se distingue nacionalismo y patriotismo analizando luego brevemente algunos textos del teólogo inglés buscando la influencia tomista en su pensamiento.
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Sandra Brandi de Portorrico

Abogada, Doctora en Ciencias Jurídicas y doctoranda en Ciencias Políticas (UCA). Se dedica al ejercicio de la profesión de abogado. Docente en enseñanza media durante 25 años. Profesora adjunta a cargo de cátedra de “Introducción al Derecho” e “Introducción al Pensamiento Jurídico y Político” (Facultad de Derecho, UCA). Ha publicado diversos artículos vinculados al Derecho Civil, Comercial y la Filosofía del Derecho. Desde hace doce años se dedica al estudio de la Filosofía del Derecho y ha escrito y publicado numerosos artículos sobre temas de Filosofía Práctica. Mención de Honor Prof. Dr. Abel Canónico en el marco del VI Congreso Latinoamericano de Cancerología de la GETLAC (2000). Miembro de la Comisión Directiva de la Sociedad Tomista Argentina. Es autora de “Aproximaciones a la Moral y el Derecho” (2007) y “Sobre la Prudencia Jurídica” (en preparación) fruto de su tesis Doctoral (Aprobada con 10 “Sobresaliente”) y de diversas investigaciones posteriores. Proyecto de investigación sobre el pensamiento político y jurídico de Richard Hooker dentro de su contexto histórico y su vinculación con la concepción del Estado Moderno. Dentro del proyecto está abocada a la traducción de “Of the Laws of Ecclesiastical Polity” de Richard Hooker (no existe versión castellana). Casada y madre de dos hijas.
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EL CONCEPTO DE PATRIA EN LA VISIÓN DEL ANGÉLICO

En la presente comunicación se busca establecer la realidad del fenómeno sociocultural denominado «Nuevo Orden Mundial», que se presenta como «superador del modelo cristiano». Ese modelo es denominado «humanismo secular». Su delimitación conceptual y fáctica patentiza su pretensión de constituirse en modelo único, cuya esencia es ser frontal y radicalmente «cristofóbico»”. De este modo, la moderna «cristofobia» paulatinamente se conforma como una guerra contra la imagen cristiana y contra la moral y la práctica de la vida cristiana. Esta realidad, hoy innegable, encuentra, como elemento que se opone al proceso globalizador, la constitución del concepto de “patria”, al que pretende desvalorizar, y lograr su “superación”. Resulta ineludible para el pensamiento católico precisar hoy la realidad ontológica esencial de la “patria” y para ello nos resulta igualmente ineludible el pensamiento del Doctor Angélico, que supo evidenciar las raíces teológicas y filosóficas que la constituyen.
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Dr. Hugo Alberto Verdera

Es abogado y Doctor en Derecho y Ciencias Sociales, egresado de la Universidad Nacional de Córdoba. Realizó estudios superiores de Filosofía, Teología y Doctrina Social de la Iglesia, en la Universidad Católica de Córdoba. Profesor Pro-titular de “Filosofía del Derecho y Derecho Natural” y de “Ética Profesional”, y ex Profesor Adjunto de Teología III (Doctrina Social de la Iglesia), en las Facultades de Derecho y Ciencias Políticas, de Ciencias Económicas y Sociales, de la Pontificia Universidad Católica Argentina “Santa María de los Buenos Aires. Profesor Titular de “Filosofía Jurídica” en la Facultad de Derecho de la Universidad Católica de la Plata, Regional San Martín, Provincia de Buenos Aires. Miembro de la Comisión Directiva de la Sociedad Tomista Argentina y de la Asociación de Profesionales de la Acción Católica (PAC), de la Diócesis de San Martín (Provincia. de Buenos Aires).
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Semanas Anteriores

(No digitalizadas)

  • XXV : Santo Tomás y la Educación frente al Tercer Milenio. (2000)
  • XXIV : Verdad y Libertad. (1999)
  • XXIII : Santo Tomás: Humanista cristiano (actas del jubileo). (1998)
  • XXII : Recepción y Crítica del tomismo. (1997)
  • XXI : La Creación. (1996)
  • XX : Cultura y vida. (1995)
  • XIX : Naturaleza. (1994)
  • XVIII : El tomismo frente a los problemas doctrinales actuales. (1993)
  • XVII : Razón y Fe. (1992)
  • XVI : Hombre y Sociedad. (1991)
  • XV : Los saberes según Santo Tomás. (1990)
  • XIV : El tema de Dios en Santo Tomás. (1989)
  • XIII : Tomás de Aquino y la metafísica. (1988)
  • XII : El hombre y la doctrina moral tomista. (1987)
  • XI : Pensamiento y Lenguaje. (1986)
  • X : Teoría y Praxis. (1985)